Antes de vender una propiedad inmueble
- Panamá Property Law
- 6 nov 2020
- 3 Min. de lectura
Cuando nos disponemos a comprar o vender algún bien inmueble, ya sea una casa, un apartamento, una oficina, un local de negocios, un terreno forestal o agrario, el principal plan es que se produzca ese deseado encuentro entre comprador y vendedor. No cabe la menor duda que esto es esencial.

Pero ¿Qué se hace una vez tenemos a esa persona dispuesta a comprar y la otra a vender? Creo que todos tenemos claro que no es tan simple como vender y comprar un bien mueble (por ejemplo, una bicicleta, un reloj, comida, electrodomésticos), que se agota con relativos sencillos pasos una vez se produce la voluntad de vender y de comprar. En cuestiones de inmuebles, la cosa es distinta.
Lo primero, es que el bien inmueble, cuando llegamos a estar frente a él, ante nuestros ojos puede resultar de una apariencia clara y de la cual no haya nada que discutirle. Casi siempre es así. Decidimos comprar porque nos gusta o porque nos será de utilidad económica. Pero hay algo más: las posibilidades de nuestro bolsillo.
Piénsese ahora que el precio por el bien inmueble está acordado. ¿Qué hacer ahora? Puede ser que alguno de los dos, los dos o ninguno tenga experiencia previa en la compra y venta de una propiedad inmueble. Entonces, sabrán o deberán saber que se aproxima la celebración de al menos uno o dos contratos, dependiendo de cada caso. Cuando el comprador no dispone de la totalidad del dinero de inmediato (pensemos que está tramitando un préstamo bancario), pero necesita que el vendedor no venda el bien inmueble a otra persona, los dos llegan a un primer acuerdo, en el que ambos se hacen promesas (una de comprar y la otra de vender), señalándose condiciones que deberán cumplir durante cierto tiempo.
A este tipo de contrato le sigue uno final, en el que ya se produce el acto de vender y de comprar. Con este contrato, que pasa por un procedimiento primordialmente fiscal, notarial y registral, se produce la transferencia de la propiedad del vendedor al comprador.
Hay transacciones que exigen un poco más. Puede ser que el vendedor solo piensa vender una parte de su terreno. En estos casos, como si de un dulce de cumpleaños se tratara, se hace un corte al terreno, lo que llamamos segregación. Como ya podrá imaginar, el pedazo de terreno va a tener una información nueva en cuanto a tamaño, forma, colindancias, acceso, posicionamiento geográfico, entre otros. Esto supone el levantamiento de un plano, que se somete a aprobación, una vez lo cual entonces se podrá continuar con la compra y venta. Como esto, también existen deseos de unir terrenos continuos, unificando o reuniendo fincas, antes o después de comprar.
Lo importante, tanto para comprador como para vendedor, es conocer lo más que se pueda la pureza del bien inmueble involucrado. Esto exige una investigación previa de la información jurídica y técnica, para saber de la existencia o ausencia de tasas o impuestos, limitaciones al ejercicio de la propiedad, gravámenes, secuestros, demandas, afectaciones del uso y dominio público, complicaciones geométricas, entre otros. También resulta importante saber el alcance de las obligaciones de los contratos que tienen que ser firmados por las partes, como lo son el de promesa de compraventa, la compraventa en sí y, posiblemente, el de préstamo con garantía hipotecaria.
En Panama Property Law podemos ayudarte de forma completa cuando necesite comprar o vender una propiedad inmueble. Puede comunicarse a nuestros correos electrónicos y números telefónicos, que será cordialmente atendido.
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